Motorcycles

Ley de Limón para Motocicletas.

Cuando la mayoría de la gente piensa en los términos “ley del limón”, piensa que solo se refiere a los automóviles. Sin embargo, la ley del limón también protege a los consumidores que han adquirido una motocicleta. Las motocicletas se consideran “bienes de consumo” y, por lo tanto, la Ley del Limón de California protege específicamente estos productos (incluidas las motocicletas) en caso de que experimenten diversos problemas que no puedan repararse dentro de un número razonable de intentos.

Para que la Ley del Limón de California se aplique a las motocicletas, la motocicleta debe haber sido reparada bajo garantía. Por lo tanto, un número sustancial de motocicletas que pasan por el proceso de la ley del limón son aquellas que se compraron nuevas con garantía del fabricante. No obstante, las motocicletas compradas como “usadas certificadas” también generalmente califican para la ley del limón de California.

La regla general es que, para la Ley del Limón de California, el fabricante debe haber realizado una cantidad “razonable” de intentos de reparación del vehículo. Sin embargo, lo que es “razonable” depende enteramente de la gravedad del defecto y de las circunstancias individuales. Generalmente, el problema debe afectar de manera sustancial el valor, uso y/o seguridad de la motocicleta. La ley presume que el fabricante tuvo un número razonable de intentos de reparación si:

  • El mismo problema resultó en un “problema de seguridad” que podría causar lesiones graves o la muerte si se conduce la motocicleta, y el fabricante o sus concesionarios intentaron reparar.
  • El fabricante intentó al menos 4 o más veces reparar un problema no relacionado con la seguridad; o
  • La motocicleta no estuvo en servicio debido al intento de reparación por parte del fabricante o sus agentes por un total de más de 30 días acumulados desde que se compró o arrendó el vehículo.

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